Mar, 4 Giu, 2019
Preguntas más frecuentes sobre la vacunación contra la fiebre amarilla para viajeros que vienen a la isla de Aruba
¿Por qué será implementada la medida?
Por sugerencia y lineamiento de la Organización Mundial de la Salud y el Reglamento Sanitario Internacional para evitar la importación de fiebre amarilla en Aruba. El Ministerio de Salud de Aruba comenzará a solicitar a partir del 1 de marzo de 2018 el Certificado Internacional de Vacunación o Profilaxis (CIVP) más conocido como la Cartilla Amarrilla, con prueba de la vacunación contra la fiebre amarilla de los pasajeros provenientes de
ÁFRICA: Angola Benin Burkina Faso Burundi Cameroon Central African Republic Chad Congo Democratic Republic of the Congo Cote d’Ivoire Equatorial Guinea Ethiopia Gabon The Gambia Ghana Guinea Guinea Bissau Kenya Liberia Mali Mauritania Niger Nigeria Senegal Sierra Leone South Sudan Sudan Togo Uganda |
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SOUTH AMERICAN: Argentina Bolivia Brazil British Guyana Colombia Ecuador French Guiana Paraguay Peru Suriname Venezuela | |
CARIBBEAN SEA: Trinidad & Tobago CENTRAL AMERICAN: Panama |
¿Cuándo el pasa jero debe vacunarse?
La cartilla de vacunación será válida para entrar al territorio insular a partir de 10 días luego de colocarse la vacuna. Es decir debe vacunarse al menos 10 días antes de su viaje.
Si el pasajero ha sido vacunado antes (incluso si han pasado más de 10 años) y si aún conserva su documento de vacunación contra la fiebre amarilla, no será necesario vacunarse nuevamente.
Si el pasajero ha perdido o extraviado su cartilla amarilla de vacunación debe volver a vacunarse ya que no presenta ningún efecto secundario.
¿Cuándo y dónde se debe presentar la cartilla amarilla?
Esta cartilla amarilla como comprobante de vacunación contra la fiebre amarilla será requerido por parte de los funcionarios del departamento Inmigración Seguridad y Alarma de Aruba (IASA) al momento de ingresar a Aruba.
¿Hay alguna excepción a este requisito?
Sí, las excepciones incluyen lo siguiente:
a. Pasajeros que han estado en países en riesgo y están en tránsito por Aruba. Esto también incluye a aquellos que tienen que salir y volver a ingresar al aeropuerto o cruceros, en menos de 24 horas.
b. Pasajeros en camino a Aruba que han estado en tránsito de menos de 12 horas a través de países en riesgo (en sus aeropuertos y puertos).
c. Pasajeros que, estuvieron en los países considerados en riesgo antes de ingresar a Aruba, y permanecieron por un período de al menos 6 días en un país que no está en riesgo y no han desarrollado fiebre durante ese período.
d. Niños menores de 9 meses de edad.
e. Personas de 60 años en adelante. Algunas otras excepciones (medicas) de la vacunación de la fiebre amarilla:
f. Historia de reacción de hipersensibilidad aguda a cualquier componente de la vacuna (incluye: gelatina, huevos, productos provenientes del huevo, proteína de pollo).
g. Personas con Desorden del Timo.
h. Individuos inmunocomprometidos con las siguientes condiciones por ejemplo: infección por VIH sintomática o SIDA, neoplasmas malignos, enfermedades de inmunodeficiencia primaria, radioterapia. Si el pasajero presenta alguna de estas contraindicaciones médicas para la vacunación contra la fiebre amarilla, debe presentar un informe médico actualizado previo a la fecha de viaje.
¿Si voy en un crucero o en tránsito (avión) debo presentar la cartilla amarilla?
Si viene en un vuelo de tránsito o en un crucero y estará usted menos de 24 horas en la isla, usted no necesita la vacuna.
¿Cuándo entra en vigencia la regulación?
La medida se hará efectiva y se empezará a solicitar la cartilla amarilla con prueba de vacunación contra la fiebre amarilla el 1 de marzo de 2018 para todos los pasajeros que viajen desde los países antes mencionados.
¿La medida de presentar la cartilla amarilla afecta a la tripulación de cabina, personal de administración no aérea en tránsito/ tiempo de descanso de la tripulación/ visitas de estación?
En tránsito (por una de los países listados anteriormente o por Aruba), NO es necesario.
Resto de tripulación y personal de administración no aérea (tiempo de descanso de la tripulación y visitas de estación): SÍ. Excepto aquellos que, estuvieron en los países considerados en riesgo, antes de ingresar a Aruba y que permanecieron, por lo menos en un período de al menos 6 días, en un país no considerado como de riesgo y no ha desarrollado fiebre durante ese período.
¿La medida afecta a pasajeros de latinos o africanos que viven en Europa o Estados Unidos, y viajan a Aruba?
Si nacieron en las zonas catalogadas en riesgo pero viven en Europa y Estados Unidos y, viajan a Aruba no necesitan presentar la cartilla amarilla ni realizar la vacunación.
Si viven en Europa o Estados Unidos y viajan desde los países catalogados como de alto riesgo de contagio de fiebre amarilla a Aruba, si necesitan vacunarse y presentar la cartilla amarilla a excepción de los mencionados en las excepciones anteriores.
¿Para las mujeres embarazadas o en etapa de lactancia es necesaria vacunarse contra la fiebre amarilla?
Para mujeres embarazadas o en período de lactancia deben consultar con su médico y en caso tal que no recomiende colocársela, deben presentar un informe médico vigente y sellando.
Importante resaltar para aerolíneas y cruceros:
Las mismas reglas que se aplican a los pasajeros también regulan a la tripulación de cabina y a la administración no aérea.
Independientemente de estos requisitos, se sugiere que todos los miembros de la tripulación deban vacunarse.
Todos los detalles relativos a las excepciones a este requisito (incluidos los puntos a, b y c mencionados anteriormente) se incluirán en el TIMATIC.